¿Qué criterio seguimos para
distinguir las doctrinas razonables de las que no son aceptables en una
sociedad? El problema con el que se encuentra a menudo la defensa de la
neutralidad metafísica del Estado, tal y como se ha dicho en la entrada
anterior (“Cómo se caracteriza la autonomía política”), es que es incapaz de
ofrecer el criterio a través del cual se pueda definir una doctrina como no
razonable. Admitiendo que tal neutralidad no significa una indefensión de la
sociedad y que el Estado interviene de hecho en ciertas ocasiones y ciertas
actitudes, la cuestión radica en qué situaciones debe mediar, en qué doctrinas
serían las tolerables y por qué.
Intentaremos responder a la
pregunta a través de Nussbaum. Partiendo de la crítica del liberalismo
perfeccionista de Raz y Berlin por no tratarse de una teoría real (las
distintas formas de vida con las que nos encontramos en la sociedad moderna,
por ejemplo, no pueden aceptar la noción de autonomía de Raz al ser
incompatible con ella), cree en un liberalismo metafísicamente neutral que, sin
embargo, permite un mínimo común y una especie de intervención, tal como se
verá. Dado que el liberalismo perfeccionista pretende crear una sociedad
liberal que realmente una parte de los ciudadanos no asume como propia,
Nussbaum propone un liberalismo político con base en el pensamiento rawlsiano
que superará esta dificultad.
“En el corazón del argumento
rawlsiano hay dos ideas estrechamente relacionadas: la idea del respeto (o del
respeto entre iguales) y la idea de los ‘términos equitativos de cooperación’”
(Nussbaum, 2014:6). Junto con estas dos ideas rectoras, en Rawls cobra gran
relevancia la idea de dignidad humana, puesto que “cada persona detenta una
inviolabilidad fundada en la justicia, que incluso el bienestar de la sociedad
en su conjunto no puede desconocer” (cita de Rawls en Nussbaum, 2014:7). Estos
son los tres criterios que cualquier doctrina tendría que tener si pretende ser
calificada como razonable.
El liberalismo perfeccionista
establece una forma de vida adecuada que no puede ser compartida por otras
doctrinas, por muy respetuosas que sean. La solución es unívoca. Esta
propuesta, sin embargo, genera situaciones de subordinación expresiva, que consiste
en hacer de otras formas de vida igualmente respetables formas subordinadas en la
esfera pública, puesto que es una la forma de vida secundada por el Estado y
las demás, implícita o explícitamente, serían las excepciones a la norma
(Nussbaum, 2011). Ello nos lleva a tener que rechazar la instauración de
cualquier forma de vida como ideal para una sociedad; en iguales condiciones de
libertad, dice Nussbaum, la gente llega a desacuerdos razonables, y es incapaz
de decidirse por una doctrina comprehensiva precisamente porque cree en el
valor de cada una de ellas. La convivencia política se basa en un respeto mutuo
como ciudadanos. Es más, según Rawls, el respeto es la razón por la que una
sociedad permanece estable, y la estabilidad es central en el Liberalismo Político. Al reconocer la
dignidad de cada individuo, lo respetamos en su diferencia, y esa decisión
ética es la que lleva a Nussbaum a decir que los principios políticos no pueden
estar basados en doctrinas metafísicas, religiosas o epistemológicas que puedan
ser controvertidas [1]: esa es
la neutralidad metafísica del Estado.
Lo dicho hasta ahora se podría
resumir con la siguiente cita de Nussbaum: “En la medida en que nos respetamos
unos a otros buscamos un tipo de sociedad en la cual podamos vivir juntos bajo
términos de cooperación que sean equitativos para todos, y que puedan, al mismo
tiempo, ser tenidos públicamente como equitativos para todos” (2014:7). Esto es
posible si se acepta la posición original de Rawls, la cual requiere de
imparcialidad e igualdad de trato a todas las personas (principio de dignidad o
inviolabilidad de las personas). El hecho del desacuerdo es el límite con el
que nos encontramos en esa cooperación, lo que no obsta para que se creen y
protejan espacios en los que se viva de acuerdo a unos ideales de vida propios
y respetables (Nussbaum, 2011). Esto permite que doctrinas que en la sociedad
de Raz no estarían admitidas sean respetadas en la de Rawls. Piénsese, por
ejemplo, en las religiones: cada una está convencida de su veracidad (también quizá
de la falsedad de las demás), pero el hecho de admitir la dignidad de otras
personas y respetarlas en sus decisiones hace que religiones distintas puedan
convivir en una misma sociedad sin que tengan que admitir la validez de la
metafísica que conlleva cada una. Sin caer en subordinaciones expresivas, se
llega a la tolerancia y a la convivencia entre doctrinas comprehensivas
distintas e incluso contrapuestas.
La solución y la dificultad de la
cuestión radican en que Nussbaum acepta al mismo tiempo la parcialidad y la
independencia de la doctrina política:
“Esto nos
demuestra por qué la doctrina política debe ser al mismo tiempo parcial, sin
pretender cubrir todos los aspectos de la vida humana, e independiente, de
manera que se justifique a sí misma no con base en dogmas metafísicos o
religiosos, sino con base en valores implícitos en la cultura política” (2014:9).
Al ser parcial y no
comprehensiva, Rawls entiende que se trata de una especie de mínimos
compartidos por todos los ciudadanos (“módulos”), que pueden ser incorporados a
las doctrinas comprehensivas de cada uno. Las doctrinas razonables se
definirían por seguir los principios de respeto, dignidad e igualdad porque son
a su vez principios que las personas razonables asumirían como necesarias en la
posición original. Debemos recordar aquí la noción de persona de Rawls [2]:
tiene sentido de la justicia y una concepción del bien, y ello permite el
respeto a toda forma de vida –consecuente con tales criterios de justicia y del
bien– y la creencia en la posibilidad de compartir esos mínimos de forma
sincera. Tanto es así, que esta comprensión de la persona le permite establecer
unos “bienes primarios” que “han de ser entendidos en conexión con la
concepción política de la persona, como un conjunto de cosas que sería
razonable perseguir” (Nussbaum, 2014:10). Éstos serían las libertades y
oportunidades, ingresos y riqueza, y condiciones sociales de la propia estima;
una vez más, aquellos bienes que todo ciudadano razonable aceptaría en la
posición original.
Nussbaum define su teoría como
liberal sin ser libertaria; permite todas las libertades posibles a la vez que
garantiza oportunidades y un bienestar económico [3].
Esta garantía hace que los ciudadanos se sientan respetados y libres de vivir
de acuerdo a sus doctrinas comprehensivas, lo que hace que respeten a su vez la
concepción política que lo permite y que sean leales a ella. Esto que Rawls llama
consenso superpuesto es otro rasgo que favorece la estabilidad de la política,
pues hace posible la compatibilidad entre distintas formas de vida y reconoce
la dignidad de todas ellas sin el peligro, en teoría, de la subordinación
expresiva.
Pero no todas las doctrinas son
razonables, y volvemos con ello a la cuestión planteada al principio. Para
estos autores, las doctrinas comprehensivas razonables son aquellas que son
sostenidas por ciudadanos razonables. Recuperando la noción de persona de Rawls
y los principios en los que se basa la sociedad política (respeto, términos
equitativos de cooperación y dignidad), podemos empezar a vislumbrar la
doctrina razonable: sería aquella sostenida por un ciudadano razonable, por una
persona que tiene la concepción del bien y de la justicia, y que por lo tanto
respeta a otras personas que igualmente aceptan su forma de vida aun sin
compartirla, porque se ha aceptado de antemano que la otra persona es un fin en
sí mismo. El foco no se encuentra en la doctrina que deba probar su veracidad o
necesidad, sino en la persona, que se compromete a respetar a los demás en
cuanto les concede dignidad.
Esta definición que ofrece
Nussbaum de la doctrina razonable, sin embargo, no es la misma que defendió
Rawls. Para él, la doctrina sí que tendría que ser coherente y comprehensiva,
al tiempo que tendría que respetar algunos límites teóricos. Esto se entiende
al ver la importancia que atribuía Rawls a la ciencia: “Rechazó la idea de que
los hallazgos más importantes de algunas ciencias tuvieran la vocación de
integrar el aparato de alguna doctrina comprehensiva. Tampoco sostuvo que los
postulados científicos fueran equiparables a posiciones comprehensivas de tipo
metafísico, epistemológico o moral” (Nussbaum, 2014:13). Ello permitiría crear
un conocimiento libre de injerencias metafísicas, un conocimiento neutral que
posibilitase el módulo realmente como un mínimo compartido entre distintas
personas con doctrinas comprehensivas diferentes. Con lo cual sería posible que
las doctrinas comprehensivas tuviesen que tener unos límites teóricos y
justificaciones públicas de sus creencias, tal como sostuvo. Estos límites y
justificaciones no responderían a ningún tipo de subordinación expresiva. Es
decir, que si se aceptase la idea de que la ciencia puede ofrecer un
conocimiento neutral y universal, ese conocimiento podría servir como base a
partir de la cual se crease el módulo de Rawls en la sociedad política.
“Al
discutir el deber de civilidad, por ejemplo, fue claro en afirmar que los
ciudadanos han de fundamentar sus justificaciones públicas en ‘creencias
generales presentes y aceptadas, en formas de razonamiento construidas a partir
del sentido común, y en los métodos y conclusiones de las ciencias, cuando las
mismas no son controvertidas’. A pesar de que Rawls no especifica qué tipo de
conclusiones son éstas, es factible que pensara que un número importante de
conclusiones científicas estuviera comprendido en esta categoría” (Nussbaum,
2014:13).
Nussbaum, por el contrario, se
pregunta por cuáles serían esas conclusiones científicas no controvertidas de
las que hablaba Rawls; ¿el calentamiento global?, ¿la teoría de la evolución?
Tanto en un ejemplo como en el otro nos encontraríamos con defensores y
detractores, y parece entonces que la controversia también acompaña a la
ciencia (la ciencia, por lo tanto, no estaría tan separada de la metafísica
como pretendería Rawls). Otro problema con el que se encuentra la teoría de
Rawls es el del género. A partir de la crítica de Moller Okin (que podemos
encontrar resumida en Nussbaum, 2011), Nussbaum admite la dificultad de establecer
criterios que determinen el grado de respeto de nociones metafísicas: “¿Hasta
qué punto doctrinas que contienen
elementos metafísicos claramente sexistas o racistas pueden ser consideradas
como razonables?” (Nussbaum, 2014:14). El problema al que se refiere Nussbaum
es que lo complicado es distinguir una doctrina respetable de otra que no lo es
en lo referente al género, porque nos faltan criterios para definir los límites
éticos. La mayor dificultad al definir a
una doctrina como respetable, sin embrago, radica en que los elementos metafísicos
no son tan “claramente” sexistas o racistas, y que se nos hace complicado
establecer el límite para definir un acto o pensamiento como sexista de uno que
no lo es. En este mismo sentido, la familia que para Rawls consiste en una
estructura básica en la educación para la sociedad política se convierte también
en transmisora de valores que no son sólo parte del módulo compartido, sino que
incluyen concepciones metafísicas, religiosas o epistemológicas que son parte
de la doctrina comprehensiva de cada comunidad.
Lo que finalmente defiende
Nussbaum es que la inclusión de elementos teóricos hace que la teoría de Rawls
incluya un elemento perfeccionista que conllevaría la jerarquización de las
doctrinas. Dicho de otro modo, caería en la misma crítica que hace Nussbaum al
liberalismo perfeccionista y estaría llevando a cabo una subordinación
expresiva de las doctrinas que no estuviesen incluidas en tales criterios
teóricos. Como se ha dicho ya, para Nussbaum es suficiente con que las personas
que abracen las doctrinas sean razonables y sus acciones estén basadas en el
respeto mutuo. De este modo, se salvaría el problema de tener que definir las
conclusiones científicas no controvertidas (porque se admitiría que la ciencia
puede ser parte de nociones metafísicas), las doctrinas respetuosas con el
género (porque la cuestión, tal y como se verá más adelante, estaría en la
educación y en el principio de respeto; es decir, se centraría en las personas,
no en la doctrina), o los valores que una familia debería transmitir (tal y
como veremos, tanto Nussbaum como Rawls permiten la compatibilidad de valores
metafísicamente cargados y los mínimos compartidos). De ahora en adelante, la
cuestión será definir a la persona razonable.
Uno de los problemas que
encontraríamos en esta propuesta sería cómo definir a un ciudadano como razonable
(cómo saber si la razonabilidad respeta las desigualdades de género, raza u otras,
por ejemplo) o cómo definir el respeto a los demás y cómo hacer algo respetable.
Un análisis más profundo sería necesario para estudiar la implicación de los
valores mínimos compartidos en estas definiciones de lo razonable y del
respeto, pero, en cualquier caso, parece más que probable que la interpretación
que pueden hacer personas igualmente instruidas y que consideramos razonables puede
variar cuando intentan calificar una actividad como respetable o no. ¿La
exhibición de imágenes religiosas forma parte de la libertad de cada uno o es
una falta de respeto hacia quien piensa diferente? Diría que la mayor
dificultad que tiene la aportación de Nussbaum es la definición de la persona
razonable sin caer en contradicciones, más aún cuando parece que toda
construcción social está determinada o, al menos, influenciada, por el contexto
socio-cultural en el que vive el individuo político, lo cual amplía la barrera
del consenso en la definición de mínimos compartidos.
Lo que sí comparten ambos autores,
y de alguna manera intentaría resolver este problema, es que el liberalismo
político no acepta todas las doctrinas éticas y religiosas y que los principios
políticos que defiende tienen ciertamente un contenido moral: la igualdad de
los ciudadanos y la importancia al respeto mutuo. Estos principios compartidos
se plasman en la constitución de un país, y conducen a unos “mínimos
constitucionales y elementos de justicia básica”:
“que
incluyen tanto aspectos estructurales –cómo son definidas y articuladas las
instituciones políticas básicas, los poderes legislativo, ejecutivo y judicial;
el alcance de la regla de las mayorías– como la definición de los
fundamentales: el igual reconocimiento de derechos básicos y de libertades
políticas tales como el derecho al voto y a la participación política, la
libertad de conciencia, de pensamiento y asociación, y las garantías propias
del Estado de Derecho” (Nussbaum, 2014:18).
Estos mínimos son consecuencia de
un diálogo honesto que según Rawls sigue al deber de civilidad y a la razón
pública. Las personas razonan de forma distinta y da igual que en este
razonamiento se aluda a cuestiones relativas a las doctrinas comprehensivas
siempre y cuando se tomen en consideración esos mínimos constitucionales y el
diálogo se base en el respeto. Rawls tiene, por lo tanto, una visión inclusiva
de la razón pública (“en ciertas circunstancias los ciudadanos pueden presentar
las bases de los valores políticos con asiento en sus doctrinas comprehensivas,
siempre que lo hagan de tal forma que busquen fortalecer el ideal de la razón
pública”. Nussbaum, 2014:21), lo que conlleva a una mejor adaptación de las
raíces de los ciudadanos con la sociedad política y alienta el consenso
superpuesto. Podríamos decir que estos mínimos cobran sentido dentro de un
trasfondo cultural que les dota de significado y permite su comprensión.
Nussbaum lo describe de la siguiente manera:
“Mi
sugerencia es que los sentimientos morales de los ciudadanos en una sociedad
rawlsiana bien ordenada están, o deberían estar, fijados en los sentidos
morales de la concepción política, pero atados a tales sentidos por rituales y
narrativas de tal forma que sean más particulares, más diversas, más estéticas,
más trágicas y más divertidas que aquellas previstas de forma explícita en la
obra de Rawls” (2014:30).
Esto es así porque la transmisión
de los valores políticos responde de hecho a esta explicación, y no se reduce a
una justicia básica (módulo, podríamos decir con Rawls) que se enseña por un
lado y una cultura (o doctrina comprehensiva), por otro. Puesto que la
educación forma un todo el liberalismo político debe ser estudiado también
desde esta globalidad. Los prejuicios, la intolerancia o las jerarquías que se
puedan generar en sociedad, por lo tanto, deberán ser respondidas desde
estrategias públicas en educación: “la educación debería estar orientada a
fortalecer la crítica y la expresión respetuosa del disenso” (Nussbaum, 2014:32).
Se echa de menos una explicación que informe del modo en que esto se llevaría a
cabo.
Esta es, sin embargo, la
respuesta que podemos encontrar en el liberalismo político de Nussbaum para el
problema planteado por Moller Okin [4].
Ciertamente, el liberalismo de Rawls puede caer en la contradicción de estar
legitimando unos valores sexistas que subyacen en toda cultura –en una
subordinación expresiva que no es consciente de estar promoviendo–, pero la
solución no estaría en el liberalismo perfeccionista que, por muy igualitaria
que pretenda ser, siempre excluirá formas de vida que no son compatibles con su
doctrina, rechazando incluso otras doctrinas comprehensivas igualmente
respetuosas con el género. Otra de las razones para rechazar la propuesta de
Moller Okin es que la política tampoco tendría nada que decir en cuestiones
religiosas. Podríamos decir que la política se debe reducir a crear espacios
para el diálogo y al desarrollo de una educación que posibilite la concepción
de persona de Rawls y los principios de respeto y dignidad de los demás, de
modo que el liberalismo político de Rawls-Nussbaum sea posible.
En definitiva, podríamos decir
que un liberalismo político metafísicamente neutral es posible cuando rechaza
su intervención en cuestiones controvertidas (como pueden ser las metafísicas,
religiosas o epistémicas) y participa en la política cuando se trata de
aquellos mínimos establecidos en sociedad. En este sentido, las doctrinas
razonables se definirían por ser aquellas seguidas por ciudadanos razonables
que aceptasen y respetasen los criterios establecidos en ese módulo compartido
(que para Rawls y Nussbaum serían el respeto, la igualdad y la dignidad) y las
no razonables, luego perseguibles e intolerables, serían las formadas por
personas que irían en contra de estos principios.
El mayor problema que le vería a
esta propuesta (además de la indicada anteriormente sobre la definición del
ciudadano razonable) es una subordinación expresiva inconsciente. El
liberalismo político de Rawls así como la relectura de Nussbaum pueden estar
promoviendo unas políticas que consciente o inconscientemente estén excluyendo
ciertas prácticas, creencias, modos de vida… (el empleo de un idioma y no otro,
por ejemplo; la enseñanza de una teoría y no otra…). En esta misma línea nos
encontraríamos con la cuestión del etnocentrismo; es decir, las lagunas que
pueda tener la teoría al considerar como universales unas prácticas que no son
sino propias de una cultura. Y tirando del hilo aparece la gestión del
multiculturalismo en una sociedad cada vez más globalizada. De todo ello se
podría concluir que, a partir de una crítica al liberalismo perfeccionista, Nussbaum
permite un liberalismo político etnocéntrico que tiene como consecuencia la
instauración de otro modelo perfeccionista a través de aquellos mínimos que
pretende universales. Bien es verdad que esta crítica respondería a la
imposibilidad práctica de la propuesta de Nussbaum, y que teóricamente no
tendría por qué hacerse realidad. Dicho de otro modo, el hecho de que los mínimos compartidos no se crean realmente universales hace que se defina a la alternativa del liberalismo político como otra forma de instauración de una doctrina no necesariamente compartida por todos.
Una solución que se me ocurre
como respuesta a esta propuesta de Nussbaum sería admitir los límites de los
mínimos que compartimos. Aceptar que son construcciones que
hemos hecho para vivir en sociedad y que tienen un alto contenido cultural,
luego que no tienen por qué ser universalizables, y seguir creyendo en ellos
por la utilidad que tienen. Esto coincidiría con el valor del respeto de
Nussbaum, pues se aceptaría que otras personas, comunidades o culturas puedan tener
distintos valores igualmente respetables (tanto en las doctrinas comprehensivas
como en aquellos valores que establecen como mínimos) pero seguiría teniendo el
problema de la compatibilidad entre estos valores. La cuestión estaría en subrayar
que los módulos de Rawls responderían a situaciones socio-culturales y no a
unos valores que toda sociedad política comparte por igual. Quedaría por
solucionar el problema de la convivencia de valores diferentes en una misma
sociedad y de los criterios a seguir para poder definirlos como respetables.
Bibliografía:
NUSSBAUM, Martha: “Una revisión de ‘Liberalismo político’ de
Rawls”, en: Revista Derecho del Estado.
Nº 32, enero-junio de 2014, p. 5-33.
NUSSBAUM, Martha: “Perfectionist Liberalism and Political
Liberalism”, en: Philosophy and Public
Affairs. Nº 39, 2011, p. 3-45.
[1]
En “Una revisión de ‘Liberalismo político’ de Rawls”, Nussbaum explica cómo
para Rawls estos principios de respeto y equidad tienen sentido en el contexto
político, “como elementos de una concepción política ‘independiente’, que
tiene, para ser precisos, un profundo contenido ético, pero que no depende ni
en su contenido ni en su justificación de ninguna doctrina metafísica,
epistemológica o religiosa que no pueda entenderse a su vez como compartida por
los ciudadanos”.
[2]
Es interesante hacer notar que la idea de persona de Rawls, tal y como lo
aclara Nussbaum (2014), no es una teoría metafísica sobre la naturaleza humana;
“es una concepción política que en teoría puede ser aceptada por personas cuya
idea de la naturaleza humana, del alma, etc. varíe de forma notoria” (9-10). Se
salva así la contradicción que pudiera haber entre la defensa de una concepción
de la sociedad política que rechaza las doctrinas metafísicas, religiosas,
epistemológicas, etc. y la noción básica de persona que subyace en tal
sociedad.
[3]
Podría parecer que esta propuesta de Rawls y Nussbaum cae en la crítica que la
misma Nussbaum hace al liberalismo perfeccionista, al pretender establecer una
forma de vida y rechazar las demás (recuérdese la crítica de Nussbaum a Raz en
“Perfectionist Liberalism and Political liberalism”). Sin embargo, el
malentendido se solucionaría al aceptar que este módulo que defiende Rawls
realmente sería compartido por todos los ciudadanos, y no sería la instauración
de una doctrina comprehensiva. “The view will have a moral content, clearly:
but the hope is that its moral content will be acceptable to all the major
comprehensive doctrines” (Nussbaum, 2011:36).
[4]
“One might reasonably believe, and argue, that most of the views around in most
societies are racist or sexist, or hierarchial in some other way, and that only
a comprehensice perfectionist view, accepted as the basis of the state, could
really get rid of their baneful political influence” (Nussbaum, 2011:39).
Un resumen excelente y unas explicaciones muy buenas y actualizadas basadas ene l artículo de Nussbaum de 2014. Muchas gracias.
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