sábado, 28 de febrero de 2015

Para empezar

Lo primero que tenemos que hacer es orientar el trabajo.
Me explico. Si hemos aprovechado el tiempo, a estas alturas ya debemos haber leído el artículo de Nussbaum. Si no, ya vamos con retraso.

Este artículo debe ser el punto de partida.
Si enfocáramos esto simplemente como una excusa para hacer ponencias independientes, el artículo sugiere unos cuantos temas interesantes: la definición de pluralismo de Berlin y de Raz; el valor de la autonomía según Raz; la diferencia entre perfeccionismo y no-perfeccionismo que discute Raz en su libro La moralidad de la libertad; la definición de "desacuerdo razonable"; la discusión y crítica de la idea de "burdens of judgment" en Rawls y Larmore; la ubicación filosófica de Nussbaum, que por un lado se adhiere a las posiciones de Rawls y por otro critica una parte de las mismas; etc.

Pero si lo enfocamos como un trabajo cooperativo, debemos centrarnos en una única cuestión sobre la que podamos aportar cuanta más profundidad, mejor. Eso no quiere decir que nos ea pertinente, por ejemplo, leer a Berlin y aclararse sobre el perfeccionismo, pero lo haríamos en el marco de una única cuestión alrededor de la cual todos estaríamos trabajando.

Por mi parte, los temas en los que podría contribuir más tienen que ver con la definición de "desacuerdo razonable" y con las críticas de Nussbaum a Rawls. 
Hay que leer despacio lo que dice Nussbaum sobre el argumento ético en favor de un liberalismo político, porque tiene un aroma de círculo argumentativo:
- las doctrinas razonables son las sostenidas por ciudadanos razonables.
- los ciudadanos razonables son aquellos dispuestos a respetar a los demás como ciudadanos (respeto político, no necesariamente teórico)
-- Pero si el respeto a los demás como ciudadanos se extiende a quienes se adhieren a doctrinas no-razonables, parece que hay que distinguir a la fuerza al ciudadano (digno de respeto político por sí mismo) de su doctrina. Y esa distinción precisamente parece abocarnos a usar algún criterio no sólo ético. De lo contrario ¿donde estaríamos? De nuevo en el primer punto: las doctrinas razonables sólo se distinguen porque quien las defiende es razonable.

No he analizado en detalle el texto, pero suena un poco confuso. Y sin embargo es la tesis principal de Nussbaum.