martes, 16 de febrero de 2016

Perfeccionismo, autonomía, pluralismo: La filosofía política de Joseph Raz

Este texto pretende ser una introducción a los principales conceptos de la filosofía política de Joseph Raz. Las ideas aquí expuestas recogen sus reflexiones en torno a dos grandes temas: la neutralidad del Estado, y el concepto de autonomía. Para tratar el primero de estos dos temas, comentaré el Capítulo 5 de su obra “The Morality of Freedom”, para el segundo utilizaré los Capítulos 14 y 15 de la misma obra.

Sobre la neutralidad del Estado

Raz abre la problemática definiendo la postura que él atacará. Se trata del anti-perfeccionismo. El principio anti-perfeccionista afirma que no es legítimo que el gobierno implemente y promueva un ideal de vida buena, por más que ese ideal sea valioso en sí mismo. Para llevar a la práctica este principio, los anti-perfeccionistas creen que es necesaria una política de la neutralidad, es decir, que el gobierno sea neutral con respecto a los distintos ideales de vida buena. Se trata, entonces, de una doctrina de la restricción (el Estado se debe restringir de actuar con respecto a estos ideales) que encaja con el liberalismo (una teoría normalmente restrictiva). La idea de la neutralidad implica, entonces, que el gobierno debe evitar promover ideales o dificultar otros, sean válidos o no, lo cuál posee una gran atracción intuitiva, pues en principio todo el mundo aceptaría que nadie debe usar los poderes del Estado para imponer su propia visión. Raz sugiere entonces, muy brevemente, su idea alternativa al anti-perfeccionismo: una restricción en la elección de medios mediante los que perseguimos nuestros ideales perfeccionistas.
Tras establecer ciertas distinciones sobre qué se entiende por neutralidad, distinciones en las que no me detendré pues considero que aclaran aspectos que son intuitivos, Raz plantea el primer problema a la idea de neutralidad. A saber, aceptamos que la neutralidad es deseable porque presuponemos que actuar de modo neutral significa actuar con justicia, pero ¿somos justos al no intervenir en una pelea entre dos niños, uno de los cuales es pequeño y débil, mientras que el otro es mucho más fuerte? En este caso, siendo neutrales y no interviniendo en la pelea, en realidad permitiríamos que el pequeño salga perdiendo, por tanto, no seríamos justos.
Raz nos ofrece tres interpretaciones distintas de la neutralidad política:
  1. No se debe realizar una acción política que, o bien promueva un ideal de bien, o bien habilite a los individuos a perseguir un ideal de bien.
  2. No se debe realizar una acción política que haga más probable una opción de bien que otra (principio de neutralidad estrecho).
  3. Uno de los objetivos de la autoridad del gobierno es asegurar que todos tengan las mismas posibilidades para perseguir el ideal de bien que ellos elijan (principio de neutralidad comprehensivo).

Se referirá entonces a cierta idea de Nozick para aclarar cómo actúan estas interpretaciones. Según Raz, Nozick sostiene la primera interpretación. El problema surge cuando se le acusa de que eso no es verdadera neutralidad. Con respecto al problema de la violación, Nozick afirmará que prohibir la violación es neutral por motivos externos, y que sería absurdo pensar que prohibirla supone no-neutralidad. Sin embargo, prohibir la violación haría que 2 y 3 sean no-neutrales. Nozick afirma entonces que si actuamos por motivos independientes (externos) que no tengan que ver con favorecer o entorpecer a uno de los bandos en disputa, entonces nuestra acción es todavía neutral, por más que que de hecho ayudemos o entorpezcamos a uno de los dos bandos. Raz afirmará que el argumento de Nozick no es un buen argumento y que, efectivamente, él no está siendo neutral (pero sí anti-perfeccionista). Ante esto, Raz reivindicará 3 como el verdadero principio de neutralidad, un principio que, él cree, sólo puede ser perfeccionista.
Para demostrar que 3 es el verdadero principio de neutralidad, Raz lo contrastará con la doctrina de Rawls sobre la neutralidad, e intentará mostrar que la neutralidad estricta es imposible. La idea clave es que, aun cuando Rawls piensa que su ideal de principios políticos es neutral, en realidad no lo es, ni lo puede ser. Así, Rawls piensan que los principios escogidos racionalmente y tras el velo de ignorancia, serán principios neutrales (estos son el ppio. de libertad y el ppio. de diferencia). Sin embargo, Nagel le criticará que su idea de neutralidad lleva implícita un ideal de vida liberal e individualista, esto es, una idea particular de vida buena según la cual uno ha de elegir su camino y no ser interrumpido en su realización. Obviamente Rawls sabe que puede haber concepciones del bien no individualistas. El problema es que al pensar individualmente las condiciones para elegir los principios y el modo en que estos se aplican, esas concepciones del bien no individuales serían más difícil de implementar que otras. Es decir, tras el velo de ignorancia la gente tenderá a escoger opciones individualistas. Por ello, Rawls no es neutral.
Raz planteará entonces: ¿Podemos pensar, sin embargo, que la neutralidad es una cuestión de grado y que aun así los principios de Rawls son defendibles porque son los se aproximan en mayor grado a la neutralidad? La respuesta será negativa. No sólo la neutralidad no es posible, tampoco podemos aproximarnos a ella. Y, según Raz, esto es así por dos motivos. En primer lugar, la neutralidad depende de en qué grado ayudemos o entorpezcamos a uno de los partidarios en una disputa. Depende, entonces de poder establecer ciertas distinciones (ayudar/entorpecer, no ayudar/entorpecer, etc.), las cuáles suelen ser muy ambiguas y no siempre pueden establecerse con rigor para todos los casos. En segundo lugar, si alguien actúa neutralmente o no depende de cómo se juzgue su acto, y no existe un criterio racional para establecer cómo se debe juzgar algo así. De hecho, como vimos, existen dos sentidos de neutralidad (estrecho y comprehensivo). Lo que es neutral para uno, no lo será para el otro.
Dando un paso más en la argumentaición, y aun en discusión con Rawls, Raz mostrará ahora que este ha presupuesto “el rol social de la justicia”, y esto es problemático. Rawls afirmará que tras el velo de ignorancia los principios de justicia serán principios neutrales y no perfeccionistas. Pues si alguien eligiese un principio perfeccionista correría el riesto de que una vez caído el velod e ignorancia, su ideal de bien se vea menoscabado al descubrir que existen otros más perfectos y sería entonces justo promover ese ideal antes que el suyo. Es más, no sólo no se eligirían principios perfeccionistas, tampoco podríamos elegir en acuerdo un proceso para determinar qué principios perfeccionistas de justicia podríamos darnos en cuantos sociedad. La idea clave es que tras el velo de ignorancia no puede haber información controvertida, es decir, información sobre la que pueda haber un desacuerdo debido a distintos ideales de bien o de vida buena. O sea, para elegir principios justos debemos excluir la información controvertida. Y esto, dirá Raz, responde a una idea de justicia. A saber, se presupone que la justicia es el principal interés de todos. Por tanto, la doctrina de la justicia de Rawls posee un rol social: el de llegar a unos principios aceptables para todos, lo cuál requiere dejar fuera del velo de ignorancia cualquier concepción del bien.
Esto despierta para Raz ciertos problemas. En primer lugar, supone dejar fuera del velo de ignoracia ciertos elementos comunes sobre ideales del bien. Elementos que todos podamos compartir aun cuando estemos en desacuerdo, y que son eliminados sólo por ser ideales sobre el bien. En segundo lugar, Raz piensa que aun cuando no acordemos ciertos ideales concretos, sí podemos acordar el método para evaluarlos. Finalmente, Raz piensa que Rawls asume que sólo una teoría perfecta de la justicia cumpliría ese rol social, sin darse cuenta de la posibilidad de que todos elijan tal doctrina sobre la justicia como la segunda mejor opción (debido a que cada uno piensa que, en realidad, la mejor es la suya).
Esta última crítica permite reformular el método de cómo llegar a un acuerdo, ahora desde una perspectiva perfeccionista. No se trata ya de un velo de ignorancia. Raz propone tres grandes rasgos de este nuevo método: 1º. partir de una discusión entre distintas concepciones del bien que no son eliminadas por principio. 2º. Aunque se llegue finalmente a un acuerdo, las vías para llegar al mismo varían según la concepción del bien de cada uno. 3º. Todos negociarían racionalmente y acordarían una doctrina de la justicia como la segunda mejor opción.
Raz presenta, pues, un modo perfeccionista de alcanzar un acuerdo que cumple con los estándares de Rawls (que cada uno siga su propia moral a la vez que se llega a un acuerdo de convivencia justa). Sin embargo, afirmará que él mismo no aboga por este método, sólo lo usa para mostrar que el perfeccionismo es compatible con la teoría rawlsiana.
Raz cierra el capítulo discutiendo otro argumento de Rawls, quien, según nuestro autor, ofrece otro argumento para la neutralidad política que tiene que ver con la autonomía. Rawls nos recuerda que Kant pensaba que uno actúa autónomamente cuando los principios de esa acción son escogidos como una expresión de la naturaleza racional del ser humano libre e igual al resto. De ahí, afirmará que el velo de ignorancia está diseñado para dejar a un lado la información que llevaría a alguien a actuar heterónomamente. Se trata de un principio que obliga al agente a reflexionar sobre los principios que ha de darse a sí mismo como sujeto racional, libre e igual. En definitiva, dirá Raz, eso supone otro argumento para excluir ideas sobre el bien.
Sin embargo, afirmará nuestro autor, este principio implicará pluralismo, pero no neutralidad política. Si implica esta última es sólo porque se sigue presuponiendo que está en el máximo inter´res de la gente cumplir con el rol social de la justicia. Ahora bien, el pluralismo implica que existen múltiples formas de vida válidas y valiosas, y que cada uno debe elegir y perseguir la suya (en esto consiste la autonomía, según Raz). Pero para que esto ocurra es necesario olvidar la neutralidad, pues el Estado debe habilitar a los ciudadanos a que persigan sus formas de vida, apoyando las formas buenas y eliminando las malas. Raz piensa que Rawls aboga por la idea de autonomía que él propone. El problema de Rawls, entonces, es apostar por la neutralidad.


Autonomía, pluralismo y libertad.

En lo que sigue, en lugar de recorrer el hilo argumentativo de los dos capítulos en los que me baso, prefiero ofrecer una visión de los principales conceptos de Raz, pues creo que todos están estrechamente interrelacionados y, pienso, hacerlo así será más útil de cara a la exposición. Destacaré en negrita los conceptos principales sólo con el fin de indicar que son precisamente esos términos y esos conceptos los que Raz acuña.
El concepto central de la filosofía política de Raz es el de autonomía. A partir de él Raz dotará de importancia y significado otros conceptos y principios centrales. Me parece apropiado, entonces, comenzar ahondando en él. Así, Raz entiende que autonomía significa ser autor de la propia vida. Autónomo es aquel que elige sus proyectos y sus relaciones con otras personas, y que los alimenta y hace crecer. Se trata de un ideal de auto-creación, que se opone por tanto a las decisiones bajo coerción. Obviamente, Raz es consciente de que no podemos elegir todos y cada unos de los aspectos de nuestra vida. Autónomo es quien crea su propia vida, siempre en la medida de lo posible.
Ahora bien, para llevar una vida autónoma debemos tener ciertas habilidades, cierta capacidad. Raz establecerá una diferencia entre el sentido primario de autonomía, y un sentido secundario que supone entender la autonomía como una capacidad para la vida autónoma. Tal capacidad depende de varios aspectos. El primero de ellos es el de ciertas habilidades mentales. Razo no se detiene mucho en esto. Los otros dos aspectos que conforman la capacidad para la autonomía son la disponibilidad de un rango adecuado de opciones, y la independencia. Todos ellos, al igual que la autonomía, poseen un carácter gradual. Puede haber un mayor o un menor rango de opciones, o se puede ser más independiente o menos. Esto hace que la autonomía sea también una cuestión de grado. Detengámonos ahora en las cuestiones del rango de opciones y de la independencia.
Raz afirma que para que alguien pueda ser verdaderamente autónomo, debe contar con una multiplicidad de opciones a elegir. Tales opciones han de ser adecuadas, idóneas. Alguien no es autónomo si solo puede elegir entre opciones nimias, ni tampoco lo es si todas sus opciones están bajo cierta presión de modo que se sienta obligado a elegir entre sólo una o unas pocas de todas las que se le ofrecen. Raz ofrece, entonces, ciertos criterios para evaluar la adecuación o idoneidad del rango de opciones. Es lo que él denomina “test de la variedad”. Nombraré los principales criterios del test:
    • Nuestras elecciones abarcan tienen consecuencias para toda nuestra vida. Las opciones que se nos ofrecen deben abarcar, entonces, todo el arco de la vida. Esto es, debe haber opciones para el corto, medio y largo plazo.
    • No sólo debe haber cantidad de opciones, también han de ser distintas (elegir entre cien casas iguales no es elegir).
    • La autonomía no es igual al auto-desarrollo. Uno debe poder elegir si autorealizarse o no. Esto es sólo una opción.
    • Las opciones no pueden estar dominadas por la necesidad de salvar la vida. Es decir, no se nos pueden ofrecer multitud de opciones a la vez que se nos diga que sólo unas pocas nos permiten seguir viviendo, pues esto no supone una verdadera elección entre opciones.

La capacidad para la autonomía exigía, aparte del rango adecuado de opciones, del requisito de la independencia. Es decir, para poder vivir autónomamente debemos ser independientes. Raz distingue dos modos de atentar contra la independencia de una persona: la coerción (que disminuye las opcioens a elegir) y la manipulación (que dirige la elección). Ambas coartan la autonomía en el sentido en que son formas para atar la voluntad de un individuo a la voluntad de otro. Esto nos hace ver que la autonomía es un ideal social (depende de las relaciones entre individuos).
Raz se preocupa por discutir y aclarar aspectos muy diversos sobre la idea de autonomía. Me centraré únicamente en dos de ellos, pues los considero importantes para comprender otros conceptos suyos, así como su concepción perfeccionista en general.
El primero de estos dos aspectos es el de que la variedad de opciones que se nos ofrecen han de ser moralmente buenas. La idea detrás de esto es que si se tiene que elegir entre una opción moralmente buena y otra mala, no estaremos realizando una elección autónoma, pues estamos socialmente condicionados a elegir la opción éticamente correcta. Esto tiene dos consecuencias principales. En primer lugar, la afirmación de Raz de que la autonomía pierde su valor si se usa para escoger opciones malas (elegir autónomamente el mal es peor que hacerlo sin intención). En segundo lugar, el ataque de Raz a la idea de que ha de haber opciones buenas y malas para reforzar la moral de la gente. Existen aquellos que piensan que debemos ofrecer opciones malas para poner a prueba la eticidad de los indiviudos y para que aprendan a elegir el bien. Raz afirma que las opciones malas siempre existirán pues acompañan a la condición humana, por lo que es absurdo ofrecerlas. La autonomía, afirmará, tiene que ver únicamente con las opciones moralmente buenas.
El segundo aspecto es la aclaración de que la autonomía no es una opción entre otras dentro de ese rango de opciones. A este respecto, Raz se preguntará ¿es la autonomía un fin valioso entre otros? ¿Qué ocurre si alguien no lo considera un proyecto a realizar? ¿O si prefiere optar por otros fines valiosos? A esto responderá alegando que es un error considerar a la autonomía como un proyecto entre otros. La autonomía es, antes bien, un modo de vivir, acompañado del hecho de poseer varias opciones, y también de vivir en una sociedad que promueva el ser autónomo. Esto se refleja en el hecho de que un ambiente cultural pro-autonomía cambia la naturaleza o el tipo de opciones a elegir. La autonomía no es una opción entre otras, sino que dota a las opciones de un cierto carácter. Raz utiliza para ilustrar esta idea un buen ejemplo. Afirma que las nuevas leyes que permiten varios tipos de matrimonio, o varios tipos de familia, aumentan la autonomía de las personas al darle más opciones para elegir libremente. Pero en sí la autonomía no está en ninguna de esas nuevas opciones. No existe la opción de un tipo de matrimonio o de familia más autónomo que otro.
Hablar de un rango de opciones adecuado nos lleva a hablar de pluralismo. El pluralismo moral afirma que existen diversas formas de vida valiosas e incompatibles, y todas ellas son moralmente aceptables. Cuando Raz usa aquí el término “incompatible” se refiere simplemente a la idea de que no podemos elegir llevar a cabo a la vez dos de esas formas de vida (no podemos ser cristianos y ateos a la vez, por ejemplo). Raz establece una distinción entre pluralsmo fuerte y pluralismo débil pero, pienso, no es muy claro al tratar este tema y además, no ayudaría demasiado en nuestra exposición, por lo que prefiero obviarla. Baste con tener en cuenta que la autonomía, como él la entiende, exige un pluralismo fuerte en el sentido de que exige que existan muchos modos de vida incompatibles entre los que podamos elegir.
El tema del pluralismo está estrechamente relacionado con la idea de tolerancia que Raz propone. Él intentará distanciarse de la noción convencional de tolerancia, según la cual esta se dirige sólo hacia aquello negativo, y sólo en el sentido de reprimir un sentimiento. Es decir, la noción convencional entedería que la tolerancia consiste en refrenar nuestro de deseo de castigar, condenar, perseguir o injuriar aquello que no nos parece correcto o bueno, y en esta medida, sólo podemos tolerar aquello que en principio no es bueno. Sin embargo, la noción de pluralismo tal y como aquí se entiende, implicaría que la tolerancia se dirige también hacia los aspectos positivos y, además, que no es un mero refreno de nuestros deseos. En efecto, Raz definía el pluralismo como la existencia de formas de vida aceptables y a la vez incompatibles. Esto significa que si alguien no posee las mismas virtudes que nosotros (es decir, si alguien no lleva el tipo de vida que nosotros hemos elegido) es porque, de hecho, posee otras (ha elegido otro tipo de vida). De este modo, nuestra tolerancia con el otro no se dirige sólo a aspectos negativos que no estaríamos dispuestos a aceptar, sino a otro tipo de virtudes que nosotros no poseemos. Y además, nuestra tolerancia no significaría simplemente reprimier nuestro deseo de condenar al otro, sino hacerlo desapacer directamente. No poseer ese deseo en absoluto. Raz admite que las actitudes morales van siempre acompañadas de sentimientos, y que esto ocurre en la inmediatez de los actos (al encontrarnos con ellos, no al reflexionar después si ese acto era correcto o no). Pero también piensa que estos sentimiento son educables, y que podemos hacer desaparecer el sentimiento negativo que la intolerancia hace emerger. El problema de la tolerancia nos lleva, entonces, a admitir un pluralismo competitivo, esto es, admitir que ciertas opciones morales tenderán a despertar intolerancia o a ser intolerantes. Pero, de nuevo, los sentimentos implicados en la moral son educables.
Llegamos, entonces, a la noción de libertad que Raz defiende. ¿Qué es la libertad para este autor? Raz intentará derivar la idea de libertad de su concepción de la autonomía. El problema inmediato al que se enfrenta, antes de ofrecer ninguna definición de libertad, es el de que no podemos obligar a nadie a ser autónomo (por adelantar ideas, no podemos obligar a nadie a ser libre). Lo más que podemos hacer es ayudar a desarrollar su capacidad para la autonomía. Es decir, como mucho podemos aumentar el rango de las opciones entre las que puede elegir, ayudarle a desarrollar ciertas capacidades cognitivas que le permitan discernir y elegir mejor, educarlo también física y emocionalmente de cara a una vida autónoma, etc. Pero no podemos nunca obligarle a ser autónomo. Ahora bien, todos estos aspectos suponen para nosotros un deber hacia la autonomía de los otros (aquí la autonomía entendida como capacidad). A donde Raz apunta con esto es a la idea de que la autonomía del otro despierta en nosotros ciertos deberes que van más allá de la mera no-interferencia. Encontramos aquí la idea de libertad positiva. Esta, según Raz, deriva su valor de su contribución a la autonomía. La libertad positiva es una capacidad para la autonomía, a la vez que un ingrediente esencial para la misma. La libertad positiva es, propiamente hablando, la capacidad para ser autónomo. Se distingue, por tanto, de la libertad negativa, esto es, la mera capacidad de no ser afectado o interferido.
Ahora bien, Raz entiende desde su perfeccionismo que la libertad posee ciertos límites. Señala algunos de ellos, pero me limitaré a exponer el que creo que ilustra mejor su idea perfeccionista. Según el autor, el Estado no debe proteger ni promover opciones o ideales malos. Este es un límite a la libertad. No deberíamos elegir lo malo, y el Estado, aunque no lo prohiba, debe no promover estas opciones. ¿Es esto un tipo de paternalismo? Raz afirma que no, pues la persona autónoma elige un ideal por el valor del mismo, no por el hecho de que el Estado lo considere o no valioso. Además, para que exista la autonomía es necesario que existan opciones de todo tipo, por más que el Estado no promueva ni proteja algunas de ellas.

miércoles, 3 de febrero de 2016

2016



Este curso académico vamos a re-leer el texto de Martha Nussbuam "Perfectionist Liberalism and Political Liberalism", y otros textos relacionados con la polémica entre liberalismo perfeccionista y liberalismo político. 
Los alumnos matriculados en el "Seminario de Filosofía Política" tendrán el texto de Nussbaum y algunos otros textos seleccionados disponibles en la aplicación "Tablón de docencia" 



Puede ser una buena idea leer algunas entradas del blog, que resumen o comentan el texto de Nussbaum. Bajo esta entrada he puesto dos que pueden ilustrar los primeros epígrafes del texto. Podéis pulsar sobre "febrero" o sobre las estradas mismas para verlas. 
Cada participante ha de hacer al menos una ponencia explicando un capítulo de los señalados en la presentación del curso (podéis consultar esto también en el tablón de docencia).




   


lunes, 1 de febrero de 2016

Perfectionist Liberalism and Political Liberalism, Martha Nussbaum a debate.


En Perfectionist Liberalism and Political Liberalism[1], Martha Nussbaum analiza la polémica que existe entre un liberalismo perfeccionista, definido por Nussbaum como una posición política liberal que asevera una serie de doctrinas éticas y metafísicas controvertidas que conciernen a la naturaleza de los valores y de la vida buena y construyen los principios políticos en base a ellas[2], y un liberalismo político influenciado o de raíz rawlsiana. La cuestión que se presenta de fondo es la de si, en una sociedad liberal, se ha de tener un ideal de vida buena como meta a alcanzar o si, por el contrario, lo relevante se encuentra en las normas o reglas que se han de aplicar para llegar a cualquier meta.

Nussbaum va a defender un liberalismo político similar al de John Rawls pero por razones, a su  juicio, distintas. Las razones de Nussbaum para defender este liberalismo son de carácter ético y no de carácter metafísico.  

Para entender las posiciones liberales va a ser imprescindible entender la idea de pluralismo, que consiste en entender que existe una pluralidad de valores en la vida humana igualmente genuinos y válidos. La posición de Nussbaum va a recalcar este pluralismo afirmando que, en caso de no aceptarlo, entonces pensaríamos que hay miembros de nuestra sociedad que están equivocados.
Como respuesta al texto surgen algunas cuestiones que necesitan mayor discusión, algunas de ellas son:

1.       La posibilidad de una teoría política metafísicamente neutra. Que no dependa de absolutamente ningún modelo de vida buena a alcanzar, o, por otro lado, si ciertas cuestiones políticas pueden ser tratadas sin ningún tipo de compromiso metafísico. Podemos encontrar en diversos debates políticos, como el del aborto, una discusión sobre cuestiones metafísicas que, a menudo, resulta difícil desligar del debate meramente político.

2.       La incompatibilidad de ciertos modelos de vida con un estado liberal pluralista. Nussbaum afirma que no ve por qué alguien que pertenezca a una religión autoritaria pensaría que es terriblemente difícil llegar a la verdad[3], independientemente de qué tipo de religión sea a la que pertenezcas nadie negaría algo como que 2+2=4. No obstante, creo que una cosa es aceptar que eso es verdad y otra aceptar que tiene la misma relevancia que otra ley o norma que consideres que es verdad porque tu religión o comunidad así lo dice. Lo que está de fondo es el límite de la tolerancia que requiere el pluralismo, hasta qué punto se deben tolerar ciertas formas de vida si éstas atentan o cuestionan las del mismo estado plural. Autores contemporáneos como Will Kymlicka recogen este debate[4].  

3.       La crítica de las posturas feministas[5] que consideran ciertamente injustas algunas tradiciones que sutilmente son patriarcales y que de mantenerlas, mantendríamos todavía posiciones sexistas e injustas dentro de un estado plural. La idea es que aunque el estado permita la completa tolerancia, determinadas políticas aparentemente neutrales subordinan de manera sutil a ciertos sectores de la población.

En cualquier caso, el texto de Nussbaum apunta a diversos debates de filosofía política contemporánea que iremos discutiendo a lo largo de las sesiones y que plasmaremos en este blog.




[1] Perfectionist Liberalism and Political Liberalism. Philosophy and Public Affairs. 2011 Winter; 39(1):3–45
[2] Página 3
[3] Página 19
[5] Página 41

Notas sobre la "autonomía" en Joseph Raz


En el texto principal que ocupa esta asignatura, Martha Nussbaum hace una síntesis, si bien breve, bastante acertado como resumen del concepto de "autonomía (personal)" para el filósofo Joseph Raz (pgs. 11-14). La obra principal donde Raz desarrolla este tema, aparte de algún artículo específico, es The morality of freedom (Oxford, Claredon Press, 1986), una obra muy interesante (por desgracia no traducida) dedicada al estudio de aquellas categorías que comparten, a juicio del autor, una dimensión tanto moral como política. El material original (op. cit., parte V, caps. 14-15, pgs. 369-430) es muy rico y requeriría de un estudio pormenorizado del que ahora no va a ser objeto, por lo que esta entrada pretende sólo anotar aquellos elementos que enmarcan el concepto de autonomía en Raz, y ampliar en la medida de lo posible el comentario de Nussbaum.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que la autonomía tal y como Raz la entiende (así como de diversas formas el liberalismo) tiene poco o nada que ver con la autonomía kantiana. Para Kant, lo importante al valorar la autonomía es el propio ejercicio de la misma, como finalidad sin fin, entendido este "fin" como utilidad o teleología. Lo importante es la práctica de la autonomía, valiosa en sí misma (sobre el concepto kantiano de autonomía, cfr. Álvarez, 1999: 69-73). Al contrario, si lo que importan son los fines, entonces la autonomía no es un valor absoluto. La postura de Raz resultaría intermedia, donde la autonomía sería "una cuestión de grado y de la que se puede disfrutar más o menos según un conjunto de condiciones que dependen del contexto social donde se desarrolle la acción del agente, entre las que destaca la ausencia de coerción y la posibilidad de elegir  entre una diversidad de opciones vitales relevantes" (Pérez Triviño, 2003: 290).

Raz defiende la distinción ya señalada entre la autonomía en sentido kantiano y el moderno concepto de autonomía. En las sociedades modernas conviven ambas con cierta mezcla, de modo que la autonomía es concebida en un doble sentido. Por un lado, "la autonomía como capacidad, que una vez adquirida por el agente es considerada un valor en sí mismo, una capacidad universal cuyo ejercicio no está comprometido con una determinada opción valiosa. Por otro lado, existe un aspecto de la autonomía que está directamente relacionado con el contexto o el entorno en el que es ejercida y que la hace dependiente de las opciones que ese entorno promueve o favorece" (Álvarez, 1999: 94). Esta es la distinción entre autonomía moral y autonomía personal. La autonomía moral implica que se actúe en base al propio juicio en todas las decisiones morales, y la personal tiene que ver con que cada persona es autora, en parte, de su propia vida al orientarla mediante decisiones sucesivas (cfr. Zambrano nota 1, 81). Nosotros nos fijamos en la autonomía personal, la relacionada con el contexto en el que es ejercida. Según Nussbaum, Raz ve en la autonomía personal “la clave para lo que hace la vida valiosa en general” y para ello tiene que aceptar “una doctrina pluralista” (Nussbaum, 2011: 11) El pluralismo explica lo que requiere la autonomía, encuadrado en las condiciones para la autonomía, que serían 1) la capacidad mental, 2) una adecuada variedad de opciones, y 3) independencia (cfr. Álvarez, 1999: 76). El pluralismo se adecúa dentro, o es precisamente la piedra de toque, de ese "abanico de opciones aceptables moralmente". Así, para Raz, “la vida autónoma es valiosa sólo si es empleada en la persecución de proyectos y relaciones aceptables y valiosas. El principio de autonomía; permite e incluso exige a los gobiernos crear oportunidades moralmente valiosas y eliminar las repugnantes”. (Raz, cit. Spector, 1989: 5; Nussbaum, 2011: 11). Para Raz, por ejemplo, la autonomía no es una condición para la autorrealización (como sí lo puede ser para Kant), ya que autonomía y autorrealización son dos ideales distintos, pudiéndose lograr el segundo de otra forma o por otras vías, incluso por vías incompatibles con la autonomía, como la manipulación (que viola, como se verá, el principio de daño). La autorrealización consistiría "en el desarrollo de todas las capacidades valiosas que un individuo es capaz de desarrollar, mientras que el agente autónomo tiene la opción de desarrollar todas esas capacidades tanto como la opción de desarrollar sólo alguna o algunas de ellas. Dada esta definición de autorrealización Raz concluye diciendo que una persona no es autónoma si no puede elegir una vida de autorrealización y tampoco lo es si no puede rechazarla" (Álvarez, 1999: 78).

Esto nos lleva a la idea de "elección autónoma". Raz pone especial atención a la condición del abanico adecuado de opciones, lo cual afecta no tanto a la cantidad de las opciones como a la calidad de las mismas. Raz ilustra con un par de ejemplo la importancia para el ejercicio de la autonomía la existencia de opciones relevante: "Supongamos, nos dice, el caso de una persona que ha caído a un pozo del que no puede salir, pero en el que encuentra comida suficiente para la supervivencia. Su vida en el pozo le ofrece una serie de alternativas: puede dormir durante la mayor parte del tiempo o puede dedicarse a la meditación; puede comer tres veces al día o puede optar por comer sólo una vez al día. El otro ejemplo es el de una mujer que habita en una pequeña isla que comparte con un animal carnívoro que se empeña en cazarla. Esta situación hace que la mujer esté permanentemente en actitud defensiva, concentrando todos sus recursos en el diseño de estrategias para evadir a la bestia" (Álvarez, 1999: 76). Lo fundamental en estos casos es que las opciones están limitadas por la necesidad y la supervivencia, lo cual no es "suficiente para poder desarrollar un plan de vida. La mera supervivencia no alcanza para la realización de la autonomía concebida como lo hace Raz" (Álvarez, 1999: 77). Esto lo contempla Raz como una forma de coerción, lo cual violaría la condición de independencia de la autonomía. Si no hay posibilidad de una elección realmente autónoma, es decir, independiente y con opciones relevante, no hay autonomía realmente.

La censura de la coerción se ve más clara con otro límite que se puede añadir al principio de autonomía: el pincipio de daño. Éste “incluye aquellas acciones, omisiones, injurias u ofensas que dejan al agente o a un tercero peor de lo que debería estar” (Zambrano, 2011: 81), es decir, concreta el límite de lo tolerable y, en consecuencia, de la autonomía. El principio de daño lleva una debilidad consigo, y es que "no provee de razones para tolerar 'inmoralidades inofensivas o sin víctimas' como la prostitución; pero para defender que se toleren este tipo de males [Raz] afirma que la coacción atenta contra la autonomía y, por lo tanto, se deberían 'tolerar' este tipo de inmoralidades” (Zambrano, 2011: 81). En el caso de la prostitución, se atentaría contra el valor de la monogamia, pero dado que no es un valor moral absoluto (y menos dentro del marco del pluralismo) es una inmoralidad inofensiva. Raz no tiene en cuenta que quienes practican esas “inmoralidades inofensivas” que hay que tolerar se dañan a sí mismos, es algo que no abarca el principio de daño, por lo tanto, no debería formar parte del abanico adecuado de opciones que el Estado debe tolerar. Lo censurable, en todo caso, para Raz es la coacción en las elecciones: como ya se ha dicho, toda coacción viola la independencia y la autonomía (cfr. Zambrano, 2011: 82), y dentro del marco de la autonomía, todas las personas “tienen el deber de asegurar para todos las condiciones de la autonomía. Uno causa daño si no cumple su deber hacia una persona y como resultado de ello esa persona sufre.” (Spector, 1989: 5).

El pluralismo moral contempla ese abanico de decisiones moralmente aceptables que si bien pueden ser incompatibles, desde el momento en que se consideran en el contexto como "moralmente aceptables" entra en juego la tolerancia: “la autonomía requiere tolerancia porque requiere de un estado que provea un abanico adecuado de opciones, y abanico adecuado es extensivo […] sólo porque el pluralismo es verdadero” (Nussbaum, 2011: 13). La autonomía requiere del pluralismo moral por constituirse como una búsqueda personal de la vida valiosa; el pluralismo moral se conjuga con la tolerancia debido a las posibles incompatibilidades de las vidas consideradas valiosas o moralmente aceptables, y la tolerancia, “tal como la defiende Raz, tiene por fundamento la autonomía y, por límite, el principio de daño” (Zambrano, 2011: 82). Las opciones relevantes son plurales en sus contenidos, es decir, atienden a distintas concepciones del bien. Esto significa que entre las opciones  se presentan diferentes formas de vida, todas las cuales atienden en mayor o menor medida a valores incompatibles entre sí: "Si bien Raz señala que su concepción de la autonomía adhiere a un pluralismo de valores débil o moderado, esto no obsta a una teoría según la cual el conflicto entre las diversas opciones sigue siendo una condición para la realización de la autonomía" (Álvarez, 1999: 95). Aunque resulta para Raz más central el pluralismo moral que la autonomía, al final todos estos conceptos se entrelazan sin una jerarquía verdaderamente estricta: un concepto no es sin el otro.

Una buena pregunta ante todo esto sería: ¿quién dice cuál es una vida valiosa? O también: ¿quién o cómo se decide cuál es el abanico adecuado de opciones moralmente aceptables de formas de vida? Entra en juego la libertad y el gobierno: Nussbaum dice en su síntesis de Raz que “los gobiernos, entonces, deben ofrecer a la gente un 'adecuado abanico de opciones' si es para fomentar la autonomía” (2011: 12). El propio Raz dice, recogido por Nussbaum en una cita ya señalada más arriba, que el principio de autonomía "permite e incluso exige a los gobiernos crear oportunidades moralmente valiosas y eliminar las repugnantes". El concepto de autonomía personal de Raz es en principio forma que requiere de un contexto. Desde un punto de vista perfeccionista, Raz sostiene que "una acción gubernamental perfeccionista no necesita ser la imposición coercitiva de un estilo de vida; puede alentar las actividades valiosas mediante el otorgamiento de honores y premios, así como desalentar las disvaliosas sujetándolas al pago de impuestos. La razón que da Raz para preferir esta versión suavizada del perfeccionismo es que no hay ninguna manera práctica de asegurar que la coerción restringirá la elección de opciones repugnantes pero no interferirá con las otras elecciones de las víctimas" (Spector, 1989: 5). Sin embargo, esta forma de liberalismo "intervencionista" (que no caería en el paternalismo) sigue estando vacío, no nos dice nada de cuál sería la "moral civil" que regularía el marco. Parece caer en una forma de "multiculturalismo" donde la tolerancia se vuelve intolerancia encubierta: respeto desde la lejanía y la no intromisión en la vida de los que llevan una moralmente incompatible con la propia pero aceptable. La idea de autonomía en Raz adolece de debilidades de este tipo. Sin embargo, como marco de referencia de relaciones, tal vez sustrayendo el perfeccionismo y afinando el pluralismo, puede resultar bastante fructífera.

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Bibliografía (disponible en Flow):

Álvarez, S. (1999): "La autonomía personal y la perspectiva comunitarista", Isegoría, vol. 21 (1999), pgs. 69-99

Colomer, J. L. (1989): Autonomía y gobierno. Sobre la posibilidad de un perfeccionismo liberal, Universidad de Alicante, Doxa. Cuadernos de filosofía del derecho

Nussbaum, M. (2011): "Perfectionist Liberalism and Political Liberalism", Philosophy and Public Affairs, winter; 39(1), pgs. 3–45

Pérez Triviño, J. L. (2003): "Los presupuestos liberales de la autonomía. Un análisis crítico. A partir de Álvarez, Silvina: La racionalidad de la moral. Un análisis crítico de los presupuestos morales del comunitarismo, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 2002", Anuario de filosofía del derecho, nº 20, 2003, pgs. 283-292

Spector, H. M. (1989): "Liberalismo, perfeccionismo, comunitarismo: examen crítico y comparativo de la posición del profesor Raz", Cuadernos de Investigaciones, Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales "Ambrosio L. Gioja", nº 12

Zambrano Tiznado, J. P. (2011): "Tolerancia, autonomía e inmoralidades 'inofensivas' o 'sin víctimas'", CRÍTICA, Revista hispanoamericana de filosofía, vol. 43, nº 128 (agosto 2011), pgs. 81-86